Aunque hace unos días publicamos con más detalle las reforma que publicada y que está entrando en vigor, un pequeño resumen con los más destacado en bonificaciones.
- Bonificación a los trabajadores por cuenta propia por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación.
- Bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para trabajadores autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
- Bonificaciones a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo tras haber cesado su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela y siempre que vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha del cese.
- Bonificaciones por altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos
- Bonificación por la contratación de familiares del trabajador autónomo.
Como veis son varias las ventajas de la nueva ley, equiparando, aunque queda mucho por avanzar en éste sentido, a los/las trabajdores/as por cuenta ajena en lo que comprende bonificaciones por conciliación familiar y maternidad/paternidad.
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