Hoy he sido entrevistado en el programa de Radio Nacional de España “El Gallo que No Cesa” (podéis escucharla aqui) sobre los vaivenes del Tribunal Supremo en referencia a quién ha de pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Os dejo la entrevista: ¿Qué es el Impuesto de de Actos Jurídicos Documentados y cómo se calcula? En lo que a las hipotecas se refiere, es un impuesto que grava la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad. Como todo impuesto varía según el importe del hecho imponible, es decir, el importe del préstamo con garantía hipotecaria a inscribir. Se calcula que su importe es entre el 1 y el 1,5% de dicha cuantía. ¿En qué situación nos encontramos ahora mismo? En estos momentos tenemos en vigor el Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre que entró en vigor el domingo 11 de noviembre y que establece que será obligado al pago en el caso de inscripción de préstamos con garantía hipotecaria el prestamista, es decir, el banco. Es importante resaltar que este Real Decreto Ley debe ser ratificado por el Congreso de los Diputados en 30 días. ¿Revisarán los bancos sus ofertas? ¿Lo repercutirán al consumidor? En…